MEDIA SANCIÓN AL PROYECTO QUE REGULA EL DECOMISO ANTICIPADO Y DEFINITIVO DE ARMAS DE FUEGO
La medida, enviada por el Ejecutivo, apunta a modernizar y reforzar las políticas de seguridad pública, evitando la acumulación de armas en depósitos y fortaleciendo los mecanismos de control estatal. Ahora deberá tratarla la Cámara de Diputados.
El martes 4, el Senado aprobó por mayoría el proyecto de ley que crea un marco normativo para el decomiso anticipado y definitivo de armas de fuego, una iniciativa enviada por el Ejecutivo a la Legislatura que busca dotar de celeridad, trazabilidad y transparencia a los procesos judiciales vinculados con materiales secuestrados o incautados.
La propuesta, que ahora será girada a la Cámara de Diputados para su tratamiento, forma parte de un paquete de leyes impulsado por el Gobierno provincial, a través del ministerio de Seguridad, destinado a modernizar la gestión de bienes bajo custodia judicial. La semana pasada el Senado aprobó el marco normativo para el decomiso de vehículos y este nuevo proyecto amplía el alcance a armas de fuego y materiales controlados.
La norma aprobada establece que las armas de fuego secuestradas o decomisadas por orden judicial o administrativa podrán ser destruidas o reutilizadas con fines de interés público, en conformidad con lo dispuesto por la Ley Nacional N° 25.938 y bajo la supervisión del ministerio de Seguridad de la Provincia, que actuará como Autoridad de Aplicación.
El senador por el departamento Pedernera, Adolfo Castro Luna, miembro informante del proyecto, explicó que el objetivo principal es acelerar los procesos judiciales y evitar la acumulación de materiales en depósitos, muchos de los cuales permanecen durante años sin resolución. La ley también introduce un sistema de trazabilidad que permitirá registrar y controlar el destino final de cada arma decomisada, garantizando transparencia y eficiencia administrativa.
Durante la sesión, también detalló las principales modificaciones al Código Procesal Penal y a la Ley N° 831/2012 de bienes secuestrados. Entre ellas, explicó que se establece la reducción de los plazos, de modo que los jueces deberán comunicar en un máximo de 48 horas las resoluciones vinculadas al destino de los bienes.

Senador Castro Luna.
Además se incorpora la posibilidad de que el ministerio de Seguridad disponga directamente la destrucción o reutilización de armas con fines institucionales, sin depender exclusivamente del mecanismo de subasta pública. Finalmente, se suma una herramienta de control y trazabilidad, que permitirá conocer con precisión el recorrido y destino de cada material decomisado.
El senador destacó que con esta ley se dota a la Justicia y al ministerio de Seguridad de instrumentos ágiles y modernos, que evitan la burocracia y aseguran que los bienes decomisados no queden abandonados ni sin control.
El proyecto también prevé la adhesión de la Provincia a la Ley Nacional N° 25.938, la celebración de convenios con el Registro Nacional de Armas (RENAR) y otras instituciones, y la creación de un inventario oficial de armas secuestradas que deberá completarse en un plazo de 180 días desde la entrada en vigencia de la norma.
