UNA JUEZA AUTORIZÓ SALIDAS A UN PROFESOR ABUSADOR Y EL TRIBUNAL DE IMPUGNACIONES REVOCÓ LA MEDIDA
La magistrada Nora Villegas había otorgado el beneficio que es considerado inconstitucional. La Defensoría del Menor y la querella apelaron y se anuló el fallo.

Este martes, el Tribunal de Impugnaciones integrado por Laura Molino, Marcelo Bustamante y María Monserrath Bocca resolvieron dar marcha atrás con la resolución que había tomado la jueza de Ejecución en lo Penal, Nora Villegas, respecto de permitirle salidas transitorias a un docente que está condenado por abusar de sus alumnos de 1° grado.
Juan Manuel Cháves cumple una condena de ocho años de prisión desde 2022, cuando la Justicia lo encontró autor penalmente responsable del delito de “abuso sexual simple agravado por ser encargado de la educación por hechos reiterados”, tras denuncias que lo llevaron a ser detenido a principios del 2018.
El pasado 11 de marzo, Villegas determinó que el acusado pudiera salir una vez al mes durante ocho horas del Servicio Penitenciario Provincial, donde se encuentra alojado para dirigirse a Villa Mercedes.
La medida fue tomada en contraposición al artículo 56 bis de la ley de ejecución penal 24.660, que establece que los condenados por abuso sexual “no son pasibles de gozar de los beneficios comprendidos en el período de prueba, entre ellos el de salidas transitorias (Artículo 17) y el de la libertad condicional (Artículo 54)”
Lo mismo había resuelto el 15 de marzo de 2024, pero el fallo también fue anulado.
La Defensoría de la Niñez, a cargo de Victoria Cortázar y la querella representada por Mikaela Eguinoa apelaron a la determinación argumentando que se violaba el principio de legalidad.
Eguinoa en diálogo con El Chorrillero sostuvo que la defensa del condenado, Rocío Mediavilla, “no pidió la declaración de inconstitucionalidad del artículo”.
“Cuando un juez se excede de lo que le han solicitado las partes se llama exceso jurisdiccional ultra petita, o sea, que está yendo más allá de lo que le han pedido. Eso es sumamente riesgoso porque si no lo pide la parte, no existe para el proceso”, completó.
Destacó que la magistrada no diferenció un abuso sexual y un robo: “Si la ley lo discrimina es porque justamente la secuela que queda en las víctimas no es la misma si te roban una billetera o si te abusan sexualmente”.
En cuanto a Cháves, la abogada detalló que las evaluaciones que realizaron psicólogos y psiquiatras, arrojaron que el hombre “no experimenta ningún tipo de remordimiento, ni pensamiento reflexivo, ni propósito de enmienda, ni ganas de reparar el daño porque se autoproclama inocente”.
“Eso denota que es una persona que va a salir a la sociedad igual de peligroso a cuando ingresó porque no ha utilizado todo este tiempo para intentar sanar respecto de lo que hizo. Es una persona sumamente peligrosa, riesgosa, con un gran nivel de posibilidad de riesgo de reincidencia”, consideró.
Tuvo en cuenta que la resolución del Tribunal “es un alivio” para las familias afectadas.
Cuando se dieron a conocer las primeras denuncias, las víctimas rondaban los seis años y hoy son adolescentes que están experimentando sus primeras salidas con amigos.
“Sabemos la gran cantidad de personas que ha dejado la jueza Villegas, sin informes penitenciarios que sean elocuentes respecto de que están en condiciones de salir y después se escapan. Los padres estaban muy temerosos y ahora ya están tranquilos nuevamente”, manifestó.
El año que viene el docente cumplirá su condena y recuperará la libertad, pero en más de una ocasión expresó que se irá de la provincia.
“No entiendo por qué la jueza no tiene una actitud reflexiva. Entiendo que no corresponde porque la ley está vigente, la ley es válida y lo que tiene que hacer es ejecutar las leyes que ya existen y respetarlas. Si no las respeta un juez, imagínate lo que podemos pretender de un delincuente”, cerró Eguinoa.